La vigencia de la tarjeta bip! es indefinida en tanto se utilice o se cargue al menos una vez durante un período de un año,
en caso contrario, habiendo transcurrido dicho período, las cuotas de transportes serán suspendidas hasta que
la tarjeta bip! registre una nueva carga dentro del año siguiente. Si habiendo transcurrido 2 años desde el
último movimiento de la tarjeta bip! ésta no presenta usos o cargas, las cuotas quedarán irrevocablemente vencidas,
no existiendo la posibilidad de solicitar la transferencia del saldo a otra tarjeta o el reembolso de dichas
cuotas de transporte.